BENDICIÓN DEL XXX SUPERIOR GENERAL DE LA
CURIA GENERALIZIA DELLA COMPAGNIA DI GEZÚ
En la actualidad el clamor popular exige penas drásticas frente a
delitos como la violación, robo, corrupción, asesinato (niños y mujeres),
traición a la patria, acoso, sicariato, informalidad, entre otros delitos
execrables.
Muchas de estas penas drásticas existieron durante
el virreinato y fueron modificándose con el cambio de reyes y virreyes. Dichas
penalidades fueron suprimidas en los siglos XIX y XX para los delitos civiles,
debido al cambio de sistema de gobierno y a la hegemonía de la Declaración Universal
de los Derechos Humanos y otras convenciones.
Judicial:
Las penas durante el periodo virreinal podían ser
corporales, infamatorias y pecuniarias. Las corporales eran; Muerte
(decapitamiento, horca y fusilamiento), azotes, quema, mutilación de miembros,
tortura, reclusión, prisión, destierro, trabajos forzados y trabajos en obras
públicas.
Por ejemplo durante el gobierno de Armendáriz se
condenó a muerte el contrabando y durante el gobierno de Navarra Rocafull se
aplicó la pena de muerte para la piratería y espionaje. Durante el gobierno de
Fernández de Castro se condenó drásticamente la corrupción y durante la gestión
de Diego de Benavides se condenó la informalidad.
Las peores penas se aplicaban por el delito de
Lesa Majestad, aquella donde el individuo cometía una ofensa grave contra la
autoridad del rey y el mantenimiento del orden público.
Extrajudicial:
Las penas extrajudiciales hacen referencia a los
llamados “castigos populares”, aplicados por la muchedumbre bajo su respectivo
criterio, sin haberse llevado a cabo un proceso en un tribunal gubernamental.
Estos “castigos populares” eran sin lugar a duda los más brutales de todo el
periodo virreinal, pues se torturaba al condenado por varios días (latigazos,
cercenamiento, quemadura, etc), se le dejaba desnudo al aire libre y el ultimo
día era quemado vivo, apedreado, aporreado, tirado a un precipicio, se le abría
el peño o el vientre, era ahogado o descuartizado vivo. En algunas ocasiones
era arrojado a los perros o cerdos, para ser devorado.
La mayoría de personas que padecían los “castigos
populares” eran los alcaldes de indios, los caciques, gobernadores, sacerdotes
y los corregidores, quienes eran castigados por cometer constantes abusos
contra la población y que en un momento eran ya intolerables.
Referencia:
.- La organización judicial en el imperio de los
incas y en la colonia Horacio H. Urteaga (1938).
A.M.D.G
A.M.D.G
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