Eduardo José Cárdenas. Premio Konex 1998: Jueces
Nació el 26/03/1945. Premio Konex 1998. Abogado (UCA, 1966). Juez Nacional en lo Civil con competencia en familia. Profesor de las cátedras de Derecho Político y en cursos de posgrado sobre Derecho de Familia, de la Universidad de Buenos Aires (1973-75) y de Historia Argentina en la Facultad de Ciencias Políticas de la UCA (1974-76). Fundador, asesor en temas de mediación familiar y docente a cargo de la formación de Abogados de Familia de la Fundación Retoño (1992-98). Designado para integrar la Comisión de Protección al Enfermo Mental (1980). Dictó cátedras acerca de problemática familiar en entidades nacionales e internacionales. Autor de La familia y el sistema judicial (1988), Familias en crisis (1992) y El camino hacia la democracia política (1975), entre otras publicaciones. Obtuvo, entre otros, el Premio Athenea (1996) y el Premio FENDIM (1990).
Eduardo José Cárdenas fue un pionero en el abordaje al conflicto familiar desde un juzgado a partir de abrazar la epistemología sistémica. Fue un factor determinante en el desarrollo del derecho de familia como una rama independiente del derecho civil, en la creación de los tribunales de familia y en el proceso de interfase entre el derecho de familia y la terapia familiar sistémica.
Preocupado por la relación entre la ley y la salud mental, sostenía que la salud mental no solamente es un proceso interno o clínico, sino también un proceso de fractura, de ruptura de toda una red que hasta entonces había mantenido a esa persona y eso tiene que ver con el derecho, en especial con el derecho civil.
Entendía a la demanda de la gente en tribunales como una metáfora del sistema familiar, como una petición especial en un momento especial; un momento de crisis, de tránsito en el que la familia se está abriendo a un sistema de autoridad y de ley.
Hacía la diferencia entre el juez-árbitro y el juez-guía, para construir la figura del magistrado que, con autoridad legal, va guiando a la comunidad en crisis para poder llegar con ella a un ciclo vital nuevo y a un proceso de reorganización más rico; un juez participante que con su presencia va insertando la ley como un proceso de aprendizaje y de encuentro entre el sistema legal y el sistema familiar que va provocando cambios.
Desde lo interdisciplinario fue pionero del trabajo en red y dedicó buena parte de su función al abordaje de casos de protección de personas (maltrato, abuso o negligencia grave) y, a pesar del rechazo de la Cámara en lo Civil, insistió y obtuvo de la Corte Suprema de Justicia la incorporación de una Cámara Gesell en su juzgado, que le permitió llevar a cabo una experiencia inédita en la labor judicial, como supervisar el trabajo y reunir una numerosa videoteca de casos que permitían la autoobservación y los ajustes. La Cámara Gesell permitió incorporar el modelo trigeneracional incorporando a los abuelos a las reuniones de la familia.
Un capítulo aparte fue la relación con los abogados que, según sus propias palabras, “al principio “quedaron muy afuera pero después nos empezamos a dar cuenta de la magnitud de la complejidad del sistema que por cierto los incluía. Entonces ideamos una estrategia de entrada diferente, por ejemplo: una carta que nosotros le mandamos a la gente, a los padres y que se la damos al abogado y le decimos en la carta que la lean juntos. La asistente social, en lugar de llamar directamente a la gente, primero llama a los abogados, o sea que tratamos de trabajar en red con ellos. En audiencia, en el 95% de los casos, los hago pasar primero a ellos y trato de formar un pequeño equipo”.
Como en mi caso, recibió la influencia de bibliografía de la sistémica italiana a través de bibliografía de autores como Guglielmo Gulotta y Giuseppe Santi⁵, y del trabajo en Argentina de Silvia Crescini, Paula Albarracín y Pedro Herscovici.
Eduardo José Cárdenas estaba convencido que la mejor manera de interpretar la ley es hacer justicia en el caso concreto. Y también, según sus propias palabras, “la epistemología sistémica ha influido enormemente. Hay toda una aproximación ecológica, transdisciplinaria que está llevando a una interpretación de la ley mucho más flexible, que le sirva a la gente, no una ley como era la clásica derivación razonada del derecho vigente que termina aplastando al sujeto”.
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