miércoles, 7 de diciembre de 2022

RECOPILACIÓN APUTES SOBRE MEDICINA LEGAL, FORENSE, Y CRIMINALISTICA. Profesor Doctor Don Carlos Gustavo Lavado Roqué Lascano Ph.D.

Introducción 
La medicina legal, es la aplicación de los conocimientos médicos a los problemas de la justicia. Ella excede a sí los límites de la asistencia de enfermos ha ido aumentando su área científica con un cúmulo de problemas sociales que requerían su concurso. Al considerar todas estas aplicaciones se ha hablado de medicina públicapolítica y social. Pero estas desbordan al ámbito de la medicina legal, propiamente dicha. Esta no debe comprender sino el estudio de los problemas médicos relacionados con la justicia. Así resulta de las definiciones propuestas por Orfila, Hofmann, Devergie, Taylor, entre otros.
Por esta causa, algunos emplean la denominación de medicina judicial o forense. Pues la de medicina legal, que significa estrictamente ligada al estudio de cuestiones médicas previstas o relacionadas con las leyes, daría derecho a aplicarla a estudios comprendidos en otras materias: ley de vacuna, de la lepra o de otras enfermedades infecciosas, cuya consideración corresponde a la historia. Pero el término medicina legal, en ese sentido restrictivo de judicial o forense, es el consagrado en casi todas partes del mundo y el difundido en países como los nuestros en la producción bibliográfica y en la denominación de las cátedras universitarias del país.
Esta acepción del término delimita al mismo tiempo el campo de la medicina legal, fuera del cual quedan la higiene y la llamada medicina social. de este modo, también, nuestra especialidad adquiere carácter más concreto en sus asuntos, sus fines y su método. Los primeros comprenden a casi todos los estudios médicos; los segundos enfocan aquellos en los casos de aplicación de las leyes civiles y penales; el último debe ser el mismo de todas las ciencias biológicas, lo que no excluye el aspecto sociológico como en la criminología. La medicina legal analiza la legislación (códigos civil y penal, especialmente) en sus relaciones con la medicina y estudia en ella tres aspectos: su interpretación y su crítica doctrinaria, su aplicación en los casos judiciales, la conveniencia de reformarla o de dictar leyes nuevas. O sea, la ley ya hecha, en su aplicación judicial, y la ley por hacerse, en su elaboración parlamentaria.
Es, pues, una ciencia que sirve de unión a la medicina con el derecho y, recíprocamente aplica a una y otro las luces de los conocimientos médicos y jurídicos. Por eso su estudio interesa a los médicos y a los abogados; el médico legista cultiva una especialidad que no debe ser ignorada por los juristas, especialmente por los magistrados. Si los códigos de procedimientos les dan a estos el derecho de juzgar los informes médicos y por tanto de apartarse de sus conclusiones, ello implica la necesidad de una información medico legal previa. El dictamen pericial es de tal importancia, casi siempre, que de él dependen a a menudo la libertad de una persona, su situación económica, su honor, su capacidad, etc. Esta simple mención basta para destacar la enorme importancia doctrinaria y práctica de los estudios médico legales.
MEDICINA LEGAL
      Aborto, infanticidio.
Toxicología Forense.
      Anátomo Clínica.
      Químico Analítica.
Criminología.
Psiquiatría Forense.

JURISPRUDENCIA MEDICA
Etica Médica.
Es el conjunto de normas que debe de seguir el médico en el ejercicio de su profesión, en sus relaciones con la sociedad, los poderes públicos, los enfermos y los colegas.
Ejercicio de la profesión.
Curanderismo.
      Autor: Sin título, sin autorización, se excede en el título.
      Acto: Anunciar, prescribir, administrar, aplicar.
      Habitualidad: Delito no aislado sino permanente.
      Gratuidad o no del acto.
Charlatanismo.
      Autor: Con título o autorización en el arte de curar.
      Acto: Promesa de curar a plazo fijo mediante métodos secretos e infalibles.
Responsabilidad Médica.
Pero si la ciencia pericial es totalmente aplicativa y sobre todo médica, la medicina legal es algo más que eso, por la índole más general de sus estudios. Es una ciencia de mayores proyecciones, sin que esto excluya la tendencia muy pausible de darle métodos concretos, para alejar de ella en lo posible el verbalismo. Son aqui oportunas estas ideas de Borri, expresadas con su habitual ampulosidad: "El gran error en el cual caen los primeros los médicos (biólogos, higienistas, terapeutas), de circunscribir la finalidad y los métodos de estudio de la medicina legal al desgranar del casi clandestino pequeño peritaje ante la pretura sobre el equivalente penal de una heridita o la escena coreográfica del gran peritaje de Assise sobre la imputabilidad, hace el efecto de esas oclusiones ópticas en las cuales un objeto pequeño cuanto más se acerca a los ojos tanto más ampliamente cubre las vastas perspectivas de la lontananza. Esa es, sí, una medicina forense, pero hay también una medicina jurídica que está nastantes grados más alta y que campea sobre el fondo con muy distinta imponencia de figura".
Pero este carácter jurídico no debe hacer olvidar su base esencialmente médica.Por eso no está justificada la denominación de jurisprudencia médica que suele usarse en algunos trabajos anglosajones y contra la cual ya protestó Hofmann con toda su autoridad.
Importancia.
1.    Médico práctica (certificados de defunción por ejemplo).
2.    Jurista.
3.    Policial (identidad, balística).
4.    Legisladora.
Decálogo Médico Legal.
  1. El perito debe actuar con la ciencia del médico, la veracidad del testigo y la ecuanimidad del juez.
  2.  Es necesario abrir los oos y cerrar los oídos.
  3.  La excepción puede ser de tanto valor como la regla. 
  4. Desconfiar de los signos patognomónicos.
  5.  Hay que seguir el método cartesiano.
  6.  No fiarse de la memoria.
  7. Una autopsia no puede rehacerse
  8. Pensar con claridad para escribircon presición
  9. El arte de las conclusiones consiste en la medida.
  10. La ventaja de la medicina legal está en no formar una inteligencia exclusiva y estrechamente especializada

 GENERAL SOBERANA COMPAÑÍA DE LOYOLA
FUNDADOR DE LA ORDEN DE CABALLERÍA

San Ignacio Lazcano de Loyola fue en un principio un valiente militar, pero terminó convirtiéndose en un religioso español e importante líder, dedicándose siempre a servir a Dios y ayudar al prójimo más necesitado, fundando la Compañía de Jesús y siendo reconocido por basar cada momento de su vida en la fe cristiana. Al igual que San Ignacio, que  el Capitán General del Reino de Chile Don Martín Oñez de Loyola, del Hermano Don Martín Ignacio de Loyola Obispo del Río de la Plata, y de del Monseñor Dr Benito Lascano y Castillo, Don Carlos Gustavo  Lavado Ruiz y Roqué Lascano Militar Argentino, desciende de Don Lope García de Lazcano, y de Doña Sancha Yañez de Loyola.

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Ad Majorem Dei Gloriam

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